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Un político del PRI en Puebla ha sido seis veces alcalde y ahora intenta dejar a su hijo en el poder
8 agosto 2012
Textos, artículos, etc. cacicazgos, Corrupción, México, puebla Deja un comentario
“Ley General de Víctimas ya fue promulgada y debe publicarse de inmediato»
8 julio 2012
Textos, artículos, etc. Calderón, Corrupción, Ley General de Víctimas, México, normas y leyes Deja un comentario
Difusión Cencos México D.F., 6 de julio de 2012
Boletín de prensa
Movimientos Sociales / OSC de DH / Personalidades
- Veto “de facto” del Ejecutivo es extemporáneo y carece de efectividad jurídica frente al plazo constitucional para la promulgación de la Ley, vencido el 19 de junio pasado.
- Representantes de organizaciones de la sociedad civil y expertos exhortan al Estado, la inmediata publicación de la Ley.
Pese a que el 1º de julio pasado el presidente de la República envió un conjunto de “observaciones” al dictamen de Ley General de Víctimas (LGV) aprobado el 30 de abril pasado, con el propósito de discutir algunos aspectos de trámite, armonización con otras legislaciones y atribuciones legislativas en torno a los derechos de las víctimas.
Anexo: Documentos relativos al proceso de la Ley General de Víctimas |
Dichas “observaciones” no influyen de manera alguna en el curso que siguió el plazo constitucional para que el Ejecutivo emitiera observaciones o, en su defecto, se considerara como promulgada la LGV, lo que tuvo lugar el 19 de junio pasado, como se desprende del artículo 72 apartado B constitucional, dice con toda claridad que todo proyecto que no hubiera sido observado por el Ejecutivo 40 días después de haberlo recibido del Congreso “será considerado promulgado y el Presidente de la Cámara de origen ordenará dentro de los diez días naturales siguientes su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin que se requiera refrendo.”
Ya que el proyecto de LGV fue enviado por el Congreso a la SEGOB mediante oficio No. D.G.P.L.61-II-1-3420 de 10 de mayo pasado, y con misma fecha de acuse de recibo, los treinta días naturales contemplados en el artículo 72 B para que el Ejecutivo enviara observaciones al dictamen se vencieron el 9 de junio, en tanto que los diez días naturales para su promulgación, el 19 de junio.
En reconocimiento del vencimiento del plazo, el 29 de junio el Presidente de la Mesa Directiva del Senado, José González Morfín, envió a Alejandro Poiré, Secretario de Gobernación, el oficio No. D.G.P.L.-2P3A.-6469, con acuse de recibo de esa misma fecha a las 12:38 horas, solicitando al Ejecutivo «gire sus instrucciones a quien corresponda, a fin de que se publique en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley General de Víctimas, aprobado por el Congreso de la Unión el 30 de abril» de 2012.
Por todo lo anterior, el día de hoy tanto el MPJD como numerosas organizaciones de la sociedad civil y expertas/os en el tema hemos elevado a las Mesas Directivas de ambas Cámaras del Congreso de la Unión un atento exhorto, cuyas conclusiones son:
1. Consideramos que, como ha reconocido el Senado, se ha cumplido ya el plazo constitucional previsto para la promulgación de la Ley General de Víctimas desde el pasado 19 de junio de 2012;
2. Las “observaciones” presentadas por el titular del Ejecutivo Federal son extemporáneas y por ello no generan efecto jurídico alguno en el curso del plazo constitucional previsto en el artículo 72 apartado B de la Carta Magna;
3. La Ley General de Víctimas debe publicarse a la brevedad posible, habida cuenta de la demora que media entre el día de hoy y la promulgación de la Ley.
Atentamente,
Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad (MPJD)
Acción Urgente para Defensores de los Derechos Humanos, A.C. (ACUDDEH)
Asistencia Legal por los Derechos Humanos, A.C. (ASILEGAL)
Asociación de Familiares de Detenidos, Desaparecidos y Víctimas de Violaciones de Derechos Humanos, A.C. (AFADEM)
Asociación de Derechos Humanos del Estado de México, A.C. (ADHEM)
Asociación Mundial de Radios Comunitarias – Capítulo México (AMARC-México)
Asociación Nacional de Abogados Democráticos, A.C. (ANAD)
Cauce Ciudadano, A.C.
Causa en Común, A.C.
Centro de Derechos Humanos «Fr. Francisco de Vitoria O.P.», A.C.
Centro Nacional de Comunicación Social, A.C. (CENCOS)
Centro Regional de Derechos Humanos “Bartolomé Carrasco Briseño”, A.C. (BARCADH)
Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C. (CMDPDH)
Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste, A.C. (CCDH)
Coalición contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe, A.C.
Colectivo de Organizaciones Michoacanas de Derechos Humanos, A.C. (COMDH)
Defensoras Populares, A.C.
Fundación Diego Lucero, A.C. (FDL)
Escuela latinoamericana de actoría social juvenil, A.C.
FUNDAR – Centro de análisis e investigación, A.C.
Grupo de Información en Reproducción Elegida, A.C. (GIRE)
i(dh)eas, Litigio Estratégico en Derechos Humanos, A.C.
Iniciativa Ciudadana Oaxaqueña (ICO)
Instituto de Justicia Procesal Penal, A.C. (IJPP)
Mujeres Solidarias (MS)
NIUNOMASNIUNAMAS
Red de Especialistas en Seguridad Pública
Ririki Intervención Social, A.C.
Alejandro Anaya
Brisa Solís
Carlos Cruz Santiago
Carlos Flores
Carlos Ríos Espinosa
Clara Jusidman Rapoport
Daniel Gershenson
Eduardo Gallo y Tello
Elena Azaola
Eliana García Laguna
Geraldina González de la Vega
Guadalupe Morfín
Isabel Vericat Nuñez
Iván Pedroza
Jesús Robles Maloof
John Ackerman
José Antonio Guevara Bermúdez
José Luis Caballero Ochoa
Karlos Castilla
Lucía Melgar
María Elena Morera
Miguel Pulido
Nashieli Ramírez
Paulina Vega
Santiago Corcuera Cabezut
Sergio Ortiz Leroux
Silvano Cantú
Teresa Incháustegui
Mas información
Exhorto de la sociedad civil a publicar la ya promulgada Ley General de Víctimas
Aprueban por unanimidad Ley General de Víctimas en el pleno de la Cámara de Diputados
Ciudad de México, a 6 de julio de 2012
Rafael Moreno Valle dio más de 100 mdp a Televisa y TV Azteca en 2011
11 junio 2012
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Esta cantidad representa que el gobernador Rafael Moreno Valle, gastó un 40.6% más recursos en publicidad para difundir su imagen y programas de gobierno, que Enrique Peña Nieto durante su último año al frente de la administración del estado de México.

PERSONAJE
Puebla.- De acuerdo con un informe publicado la semana pasada por el gobierno del estado de Puebla, durante el año 2011, primero en la administración de Rafael Moreno Valle, se gastaron más de 180 millones de pesos en difusión de imagen y programas de gobierno.
De acuerdo con este mismo informe, esta cantidad representa que el gobernador, Rafael Moreno Valle, gastó un 40.6% más recursos en publicidad para difundir su imagen y programas de gobierno, que Enrique Peña Nieto durante su último año al frente de la administración del estado de México.
Además, se hace evidente que del gasto realizado, más del 50% del mismo se concentró en medios televisivos el 62%, siento Televisa y TV Azteca las principales beneficiarias de este rubro.
El informe señala que Televisa recibió en total 88 millones 506 mil pesos durante el año 2011, casi el 50% del presupuesto aprobado, por otra parte, TV Azteca, aunque se ubica en segundo lugar en el rubro de estos gastos efectuados, solamente se llevó 23 millones 899 mil pesos, el 13 %.
Este informe gubernamental ha sido difundido a través de la su página de transparencia del gobierno poblano.
En el desglose de los gastos se señala que de los 180 millones 442 mil pesos autorizados, el gobierno encabezado por Moreno Valle concentró el 94% del gasto en tan solo 10 medios de comunicación, principalmente nacionales: Televisa, TV Azteca, Grupo Milenio, Organización Editorial Mexicana, Periódico Síntesis, Grupo Acir, Cinco Radio, Radio Fórmula, Organización Estrellas de Oro y Radio Ultra.
A Grupo Milenio pagó en su primer año 17 millones 400 mil pesos; a El Sol de Puebla y a Organización Editorial Mexicana, 13 millones 920 mil; al periódico poblano Síntesis, 10 millones 091 mil pesos; al grupo de radio Acir, 5 millones 503 mil; a Radio Fórmula, 3 millones 497 mil; a Cinco Radio, 3 millones 100 mil; a Organización Estrellas de Oro, 2 millones 117 mil y a Ultradigital, un millón 419 mil pesos.
También se da a conocer que el gobierno poblano aportó una cantidad de 36 millones de pesos para que la empresa de Emilio Azcárraga Jean, realizara en Puebla el encuentro juvenil “Espacio 2011”.
Además de que a Fundación Azteca, el gobierno de Moreno Valle le entregó el edificio histórico de La Constancia Mexicana, la primera fábrica textil de América Latina, para ser la sede del Centro de Formación de las Orquestas Esperanza Azteca, además de aportar 30 millones de pesos para realizar el festival “Puebla: la ciudad de las Ideas”, en el cual participa la televisora del Ajusco.
Las nuevas modalidades de contratación y sus posibles consecuencias en la estabilidad laboral
20 mayo 2012
Textos, artículos, etc. Corrupción, derechos laborales, México, normas y leyes Deja un comentario
Boletín de prensa
Observatorio de Política Social y Derechos Humanos
Los retos que enfrenta el país para otorgar empleos suficientes y con calidad son cada vez más desafiantes, además de que son numerosos los factores que intervienen para garantizar el derecho al trabajo y lograr que éste se lleve a cabo en condiciones dignas.1 El desempleo en México tiene una tasa de 5.2%, al tiempo que se observa un crecimiento de la informalidad; datos del 2010 indicaban que 64.1% de las personas ocupadas, laboraba sin recibir prestaciones de ley; siendo los jóvenes el sector más desprotegido.
Ante ese escenario, estos temas han ocupado la atención de los legisladores federales quienes han presentado iniciativas a la Reforma de la Ley Federal de Trabajo de 1970, norma reglamentaria del artículo 123° constitucional, para adecuar la política laboral a las exigencias del actual sistema productivo, beneficiando a las empresas en detrimento de los derechos de la clase trabajadora.
El 18 de marzo de 2010, diputados del Partido Acción Nacional (PAN) presentaron una iniciativa de Reforma, que fue seguida por otras presentadas por los legisladores del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y del Partido de la Revolución Democrática (PRD). No obstante, el 12 de marzo de este año, senadores del PAN presentaron la iniciativa con proyecto de Decreto que pretende reformar aspectos como la política de creación de empleos mediante la adopción de nuevas modalidades de contratación, tales como la contratación a prueba o de capacitación inicial; las cuales tendrán grandes implicaciones en la estabilidad laboral, entendida como el derecho del trabajador a conservar su puesto de trabajo, de no incurrir en faltas previamente determinadas o de no acaecer en circunstancias extrañas.
La estabilidad laboral constituye un derecho importante protegido por el art. 7 del Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador” y que obliga al gobierno mexicano; que otorga el carácter permanente a la relación de trabajo, donde la disolución del vínculo laboral depende únicamente de la voluntad del trabajador y sólo por excepción de la del empleador o de las causas que hagan imposible su continuación. 2
En 2011, de cada 100 nuevas plazas de trabajo generadas en México 25 fueron eventuales, aunque en la entidad de Colima éstos representaron el 72.3%.3 La estabilidad laboral se ha visto amenazada en los últimos años debido al sistema productivo global que exige la flexibilidad laboral y que en materia de políticas de empleo, ello implica adecuaciones de las medidas salariales, contratación y despido en función a las necesidades de la producción y ajustes a los horarios de trabajo,4 lo que ha ocasionado el abaratamiento de la fuerza laboral, la elevación del desempleo, así como la generalización del trabajo informal y la inestabilidad en el empleo.
A pesar de que la exposición de motivos de la iniciativa del PAN alude a la posibilidad de contar con opciones de contratación flexible para adecuarse a las circunstancias de competencia, especialización y desarrollo del mercado de trabajo; con el objeto de que los trabajadores se capaciten y desarrollen nuevas habilidades, resulta lamentable que se recurran a estas prácticas cuando la capacitación constituye un derecho de los trabajadores y forma parte de una obligación compartida entre las autoridades gubernamentales y las empresas. Además, los problemas de profesionalización que existen, refieren a la incapacidad de las autoridades gubernamentales para vincular la educación y el sector productivo cuando los egresados no reciben los conocimientos y habilidades adecuados para poder insertarse en el mercado laboral.
En la reforma que se pretende aprobar, se indica que: en las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado o cuando excedan de 180 días, podrá establecerse un periodo a prueba; el cual tendrá una duración de tres meses con el único fin de verificar que el trabajador cumple con los requisitos y conocimientos necesarios para desarrollar el trabajo que se solicita; aunque el periodo de prueba podrá extenderse a más de 180 días cuando se trate de trabajadores para puestos de dirección, gerenciales y demás personas que ejerzan funciones de dirección y administración en la empresa o establecimiento de carácter general, ya sea para desempeñar labores técnicas o profesionales especializadas.
Por su parte, se entiende por: relación o contrato de trabajo para capacitación inicial, aquél por el cual un trabajador se obliga a prestar sus servicios subordinados, durante un periodo determinado bajo la dirección y mando del patrón, con el fin de que adquiera los conocimientos o habilidades necesarios para la actividad para la que vaya a ser contratado. La vigencia del contrato tendrá una duración de hasta de tres meses y podrá extenderse a seis meses para el mismo tipo de puestos que se exponen en el párrafo anterior.
Además, la iniciativa establece que deberá existir un contrato por escrito, que deberán ser improrrogables y que no se podrán aplicar dentro de una misma empresa o establecimiento al mismo trabajador, simultánea o sucesivamente, ni en más de una ocasión. Las prohíbe tratándose de puestos de trabajo distintos o de ascensos, aun cuando concluida la relación de trabajo surja otra con el mismo patrón.
Es así como, finalmente, se legaliza una situación en la que la estabilidad laboral se verá afectada y se facilitará el despido de los trabajadores, limitando sus oportunidades para insertarse empleos permanentes, exponiéndolos a la incertidumbre de volver a buscar un empleo y reduciendo sus posibilidades de contar con antigüedad y experiencia laboral; además de que se menciona que para las empresas no implicará un costo la terminación de la relación de trabajo, liberándolas de responsabilidades.
Es lamentable que la supuesta política de creación de empleo que se pretende establecer vulnere los derechos de los trabajadores, cuando toda acción gubernamental en la materia debe vincular la política económica; fomentar la inversión incluyendo a la de pequeña escala, la formación de los recursos humanos, la creación de empleos, el mejoramiento de los salarios, las políticas de protección contra el desempleo y las políticas educativas vinculadas al sector productivo.
1 El gobierno mexicano está obligado por los artículos 6 y 7 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales a garantizar el derecho a trabajar, que comprende el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado; que le asegurarle en especial: una remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores: un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna especie; en particular, debe asegurarse la equidad de género; seguridad e higiene en el trabajo; igual oportunidad para todos de ser promovidos, dentro de su trabajo, a la categoría superior que les corresponda, sin más consideraciones que los factores de tiempo de servicio y capacidad; el descanso, el disfrute del tiempo libre, la limitación razonable de las horas de trabajo y las variaciones periódicas pagadas.
2 El artículo 42 de la Ley Federal del Trabajo establece siete causales de suspensión de la relación de trabajo: enfermedad contagiosa del trabajador, incapacidad temporal por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo, el arresto; y la falta de los documentos que exijan las leyes y reglamentos, necesarios para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador, etc. El artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo establece como causas de terminación laboral: el mutuo consentimiento, la muerte del trabajador, la incapacidad física o mental del trabajador que haga imposible la prestación del servicio, la terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, etc. En el artículo 51 de nuestra legislación laboral se establecen nueve causas por las que el trabajador puede separarse de su trabajo: La falta de probidad del patrón, reducir el salario del trabajador, no cubrir el salario en el lugar y fecha convenidos, Sufrir perjuicios causados maliciosamente por el patrón, en sus herramientas o útiles de trabajo; la existencia de un peligro grave para la seguridad o salud del trabajador o de su familia, etc.
3 Según cifras de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de enero del 2007 a diciembre del 2010, las fuentes de ingresos permanentes en las 32 entidades federativas del país crecieron en promedio 10.32%, cuando las temporales lo hicieron en 32.53 por ciento. Franco, Fernando: Crean 23 entidades menos empleos en el 2011, El Economista, 3 de enero de 2012
4 Duana Ávila, D; “Flexibilización laboral, el caso de México» en Observatorio de la Economía Latinoamericana, No 92, 2008. http://www.eumed.net/cursecon/ecolat/mx/2008/dda.htm
Folio: NEM 6/06
Observatorio de Política Social y Derechos Humanos
Hilario Pérez de León No. 80, Col. Niños Héroes de Chapultepec, Benito Juárez, México D.F., 03440 Tel. 55 90 87 54 / 55 79 74 13 www.observatoriopoliticasocial.org
Participación del Ejército en tareas de seguridad pública en México, contrario a estándares internacionales en materia de seguridad ciudadana
20 mayo 2012
Textos, artículos, etc. Corrupción, derechos humanos, México, normas y leyes, seguridad pública Deja un comentario
Boletín de prensa
Insyde / Tlachinollan / Monitor Civil / Fundar
Las organizaciones firmantes, externamos nuestra preocupación por el reciente anuncio del gobernador Ángel Aguirre Rivero referente a que en breve iniciará el reemplazo de policías que se encuentren en edad de jubilación o que no hayan aprobado los exámenes de acreditación por elementos del Ejército, para evitar con ello el trámite de tres meses que dura la acreditación.
Nuestra preocupación se basa en dos razones principales:
1) A razón de que la militarización de las filas de las instituciones de seguridad pública va en sentido contrario a los estándares internacionales en materia de seguridad ciudadana. De acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos “…los Estados deben limitar al máximo el uso de las fuerzas armadas para el control de disturbios internos, puesto que el entrenamiento que reciben está dirigido a derrotar al enemigo, y no a la protección y control de civiles, entrenamiento que es propio de los entes policiales…” .
2) Al reemplazar a elementos policiales por militares, el estado de Guerrero estaría, eludiendo la obligación de profesionalizar y acreditar a los servidores públicos que integren las fuerzan policiales. Ello también va en contra de estándares internacionales, particularmente aquellos referentes a la necesidad de capacitar y elaborar políticas preventivas y no reactivas. También contraviene lo establecido en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública de 2009, que establece marcos para la selección y profesionalización de la policía.
Preocupa enormemente que la política de militarización de la seguridad que se impulsa en el ámbito federal se siga extendiendo a Guerrero como observamos con las declaraciones del Gobernador. Particularmente, porque ha resultado ser inefectiva, como lo demuestran las experiencias en Chihuahua y Nuevo León, pero también porque no existen garantías respecto al proceso de rendición de cuentas al que se sujetarán dichos elementos castrenses si incurren en abusos: no se explica si dejan las filas del Ejército para convertirse en civiles o si permanecen en el activo de las Fuerzas Armadas.
El Monitor Civil de las Fuerzas de Seguridad de la Montaña (MOCIPOL), proyecto creado por Tlachinollan, el Instituto para la Seguridad y la Democracia (INSYDE) y el Centro de Análisis e Investigación Fundar, en su informe Desde la mirada ciudadana publicado en diciembre 2011, señaló que la militarización de las instituciones de seguridad pública no es un fenómeno reciente en el país y tampoco en Guerrero. Esta expansión de la participación del Ejército en tareas de seguridad pública ha supuesto un desplazamiento de mandos policiales por servidores públicos adscritos al Ejército, incluso en las áreas encargadas de la selección y formación de policías. A su vez, del total de casos documenta dos entre noviembre 2007 y mayo 2011, dicho informe concluyó que las más graves violaciones a los derechos humanos fueron cometidas por miembros del Ejército.
Frente a las condiciones de inseguridad prevalecientes, reiteramos que las autoridades estatales, más que apostar por la militarización de las policías, deben impulsar la modernización de estas instituciones para enfrentar los retos que plantea el configurar entornos equitativos, habitables, seguros y democráticos. Por ello, desmilitarizar a la policía y refundarla impulsando su misión civilista y su vocación ciudadana deben ser las características del proceso de reforma policial en Guerrero.
__________________
1Cfr. Entre otros, La Jornada Guerrero, 9 de mayo de 2012.
2Corte I.D.H., Caso Montero Aranguren y otros (Retén de Catia) Vs. Venezuela. Sentencia de 5 de julio de 2006, Serie C No. 150, párrafo 78.
3Llamamos militarización de la seguridad pública a la sostenida y creciente participación directa de los militares en operaciones de naturaleza policial, que comprende tanto el despliegue de la fuerza castrense en centros urbanos y comunidades rurales; como el impulso de reformas legislativas para ampliar las facultades de las Fuerzas Armadas y la designación de mandos castrenses, en activo o ya retirados, en cargos directivos de las policías y otras instancias de seguridad pública o procuración de justicia en los ámbitos federal, estatal y municipal.
Tlachinollan Centro de Derechos Humanos de la Montaña
Mina #77 Col. Centro, Tlapa, Guerrero, México. | Tel. (+52) (757) 476 3704 | 476 1200 | cdhm [@] tlachinollan.org
15 de mayo de 2012
El director del Washington Post, hoy “boss” de la SIP debe su puesto a una “cuchillada”
26 abril 2012
Textos, artículos, etc. Corrupción, jessie jackson, medios de comunicación, Milton Coleman, sociedad interamericana de prensa, washington post Deja un comentario
miércoles 25 de abril de 2012

Milton Coleman, director de The Washington Post, nombrado presidente de la Sociedad Interamericna de Prensa (SIP) en octubre pasado, que lanza ataques virulentas contra Argentina bajo el pretexto de la libertad de expresión, es un afroamericano que debe su carrera al “cuchillazo por la espalda” que le pegó al líder, también afroamericano, Jessie Jackson, por una opinión expresada en privado sobre Israel y los judíos.
Publicado por ARGENPRESS
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